Se pueden denunciar acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave, cometidas en el contexto laboral o profesional de esta institución, así como acciones u omisiones que puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea
Este canal de Denuncias NO podrá utilizarse para realizar quejas o sugerencias en general, u otro tipo de denuncias.
Envío y Gestión de las denuncias.
Las denuncias podrán presentarse de forma anonimizada o incorporando datos identificativos.
POLÍTICA DE PRIVACIDAD DEL CANAL DE DENUNCIAS. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Responsable del tratamiento y delegado de protección de datos
El responsable del tratamiento de los datos de carácter personal que se recaben en el marco del canal de denuncias es F.P.A. COLEGIO DIOCESANO CRISTO DE LA GUIA como Responsable de Tratamiento, con domicilio en domicilio social en la calle Ezcaray 1, 28032, Madrid.
Minimización de datos y finalidad del tratamiento
Los datos personales recabados en el marco del canal de denuncias serán los estricta y objetivamente necesarios para tramitar las denuncias recibidas y, en su caso, investigar los hechos denunciados. Dichos datos serán tratados con esa exclusiva finalidad y no serán utilizados para finalidades incompatibles.
Base jurídica de legitimación
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de carácter personal recabados en el marco del canal de denuncias es el cumplimiento de una obligación legal derivada de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción (art.6.1.c Reglamento UE 679/2016 General de Protección de Datos). El tratamiento de categorías especiales de datos personales por razones de un interés público general se podrá realizar conforme a lo establecido en el artículo 9.2.g del Reglamento UE 679/2016 General de Protección de Datos.
Destinatarios de los datos
Sin perjuicio del tratamiento por parte del Responsable del canal de denuncias, la información de la denuncia y aquella que se recabe en el contexto de su investigación podrá ser comunicada al Delegado de Protección de Datos, al responsable de los servicios jurídicos de la entidad o al órgano competente para la tramitación de los posibles expedientes disciplinarios. Asimismo, podrá ser comunicada, en su caso a las autoridades policiales o judiciales competentes en el marco de una investigación o para el ejercicio de acciones legales.
Plazo de conservación
Los plazos de conservación de los datos personales serán los establecidos en el artículo 32 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Ejercicio de derechos
En todo caso, las personas cuyos datos se recaben en el marco del canal de denuncias podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad a través de Ejercicio de los Derechos de Rectificación, Supresión, Limitación, Portabilidad u Oposición en relación con Datos de Carácter Personal, así como a presentar una reclamación ante la autoridad de control competente.
Reserva de la identidad del denunciante
El denunciante puede elegir presentar su denuncia de manera confidencial o anónima. En caso de que se opte por la presentación de una denuncia anónima, no se recabarán ni tratarán datos de carácter personal que permitan identificar al denunciante.
Si el denunciante opta por revelar su identidad, ésta se tratará de manera confidencial, y su identidad no será revelada a terceras personas ajenas a la tramitación de la denuncia. Por este motivo, se hace constar expresamente que el derecho de acceso está limitado a los propios datos de carácter personal. La identidad del denunciante será en todo caso reservada, no teniendo acceso el denunciado ni terceros a los datos identificativos del denunciante.
La identidad del denunciante sólo podrá ser comunicada a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación, con las salvaguardas contenidas en la normativa aplicable.